· Documento de la Regulación del equipamiento y reequipamineto en Cuenca .

(Hoces del Júcar, Huécar y Valdecabras)


ANEXO JUNIO 2021

El pasado sábado 12 de junio se celebró una reunión extraordinaria de equipadores en Cuenca. Todos los equipadores presentes estaban de acuerdo en la existencia del Comité y en la autorregulación del equipamiento.

Se detalla a continuación los puntos consensuados que se aplican y/o modifican en este documento de regulación:

  • Se pausa el límite de vías por equipador y por año.
  • En las solicitudes de equipamiento y reequipamiento, el equipador no tendrá que esperar la confirmación del Comité. Pues se compromete a respetar todos los apartados de este documento.
  • En los reequipamientos, sigue siendo imprescindible contactar con el equipador original.  
  • Habrá 15 días de gracia para notificar la apertura o reequipamiento. Para que el equipador valore la idoneidad de esta.  
  • Nuevas áreas de reserva o enclaves dentro de los sectores:
  • Sector Martín Alhaja: entre las vías “Toy mosca” y “La frígida”.
  • Sector Senda del Merendero: entre la carretera y “Por narices”.
  • Sector Cueva de la zarza: entre «Las Carmencitas» y «El Excusómetro».

En la próxima reunión del Comité se valorará cómo han influido estos cambios en el desarrollo de la zona de escalada de Cuenca.  


Índice

1. SOBRE EL EQUIPAMIENTO DE RUTAS       

1.1 COMITÉ DE EQUIPAMIENTOS DE LA FEDERACIÓN DE MONTAÑA DE CASTILLA-LA MANCHA       

1.1.1 Qué es       

1.1.2 Por qué se crea esta figura       

1.1.3 De dónde surge la propuesta de crear un Comité        

1.1.4 Quiénes lo integrarán y por cuánto tiempo        

1.1.5 Cuál es su trabajo        

2. SOLICITUD DE LA AUTORIZACIÓN        

2.1 Quién debe pedir una autorización        

2.2 Qué requisitos debe cumplir el solicitante        

2.3 Cupo de vías general y por solicitante        

2.4 Cómo pedir una autorización        

2.5 Plazo de respuesta        

2.6 En caso de solicitud aceptada favorablemente        

2.7 Actuaciones sin el pertinente permiso        

3. SOBRE EL EQUIPAMIENTO DE NUEVAS RUTAS        

3.1 CRITERIOS DE SEGURIDAD        

3.1.1 Material de fijación        

3.1.2 Distancia entre seguros        

3.1.3 Roca suelta y lajas huecas        

3.1.4 Pie de vía        

3.2 CRITERIOS ESTÉTICOS Y ÉTICOS        

3.2.1 Espacio entre rutas        

3.2.2 Por dificultad, variedad y calidad        

3.2.3 Agarres manipulados o creados artificialmente        

3.2.4 Vías limpias o semiequipadas        

3.2.5 Vías expuestas abiertas desde abajo        

3.3 AFECCIÓN AL ENTORNO        

3.3.1 Motivos medioambientales        

3.2.2 Impacto visual        

4. SOBRE EL REEQUPAMIENTO DE NUEVAS RUTAS        

5. SECTORES DE ESCALADA CERRADOS Y ÁREAS DE RESERVA        

5.1 Sectores de escalada cerrados a nuevos equipamientos    

5.2 Establecimiento de áreas de reserva        


1. SOBRE EL EQUIPAMIENTO DE RUTAS

1.1 COMITÉ DE EQUIPAMIENTOS DE LA FEDERACIÓN DE MONTAÑA DE CASTILLA-LA MANCHA

1.1.1 Qué es

El Comité de Equipamientos de la Federación castellano-manchega es un órgano dependiente de la federación autonómica responsable de hacer efectivos los criterios de equipamiento y reequipamientos que se decidan en este trabajo en la zona de escalada de Cuenca. Es probable que el protocolo se extienda al resto de zonas de escalada de la comunidad.
La Federación será la encargada de establecer previamente los acuerdos necesarios para que el Comité trabaje paralelamente con las autoridades medioambientales (regulaciones por nidificación de aves o por la presencia de otras especies protegidas o amenazadas de fauna o flora) y el Ayuntamiento (fincas privadas, resolución de conflictos de lindes, servidumbres de paso, accesos…).

Asimismo, la Federación establecerá un convenio con el Consistorio para asumir la responsabilidad establecida en el artículo 53 [Montes, áreas recreativas forestales, espacios naturales (hoces, zonas y sendas periurbanas, merenderos)], punto 7, apartado k, de la Ordenanza Municipal para Proteger los Espacios Públicos y la Convivencia Ciudadana (“Queda expresamente prohibida la instalación de vías ferratas y la apertura de nuevas vías de escalada sin autorización expresa”. De esta forma, será la propia Federación la encargada de autorizar o denegar este permiso en función de lo decidido por su Comité.

1.1.2 Por qué se crea esta figura

Ante la gran proliferación de rutas de escalada deportiva en las hoces de Cuenca, el crecimiento incesante de escaladores deportivos y la gran popularidad de la zona, surge la necesidad de regular el equipamiento y el crecimiento de la escuela y sus sectores (la Administración ya lo hizo con la ordenanza citada en el punto anterior). Lo más sensato es que sean los mismos escaladores, representados en este caso por su Federación, los encargados de establecer las regulaciones pertinentes y los acuerdos con la Consejería de Medio Ambiente, administraciones locales y, si procede, con propietarios de los terrenos donde se ubican las paredes.

1.1.3 De dónde surge la propuesta de crear un Comité 

De la Federación de Montaña de Castilla-La Mancha, con el consenso de los equipadores y escaladores habituales de la escuela.

1.1.4 Quiénes lo integrarán y por cuánto tiempo

Es imprescindible que se trate de experimentados escaladores y equipadores y que hayan desarrollado buena parte de su actividad en la escuela de Cuenca. Se intentará que el equipo cuente, al menos, con la aceptación de gran parte de la comunidad escaladora local.

1.1.5 Cuál es su trabajo

Establecer y publicar el formato que deberá tener una propuesta de equipamiento que se presente al propio Comité, y en particular la documentación que se requiere: detalle del itinerario, fotografía, material, etcétera.

Estudiar las propuestas de aperturas o reequipamientos, establecer si éstas son compatibles con las conclusiones del siguiente trabajo, compatibles con unas circunstancias medioambientalmente sostenibles y con la situación catastral de la pared, autorizando o no la actuación.

El Comité revisará, en la medida de lo posible y en colaboración con el colectivo escalador de la escuela (que podrán mandar por correo electrónico habilitado al efecto para el Comité sus impresiones después de escalar nuevos itinerarios), cada nueva apertura una vez estén terminadas, a fin de valorar el trabajo en relación al material instalado, criterios de seguridad, criterios ético-estéticos y demás puntos expuestos en el presente documento.

Aún siendo la respuesta a la solicitud de nuevo equipamiento positiva, el Comité podrá encargar a posteriori el cambio de un anclaje o reunión o, directamente, el desequipamiento total de una ruta si se detectan deficiencias durante la revisión del nuevo itinerario.

Podrá decidir qué paredes no admiten rutas y en qué sectores se cierra la posibilidad de trazar nuevos itinerarios. Asimismo, podrá determinar quién está capacitado, o no, para emprender un determinado equipamiento, y la forma en la que se obtendrá o demostrará dicha capacitación.

Se realizará un censo de las nuevas aperturas en el que se documentará cada línea con su nombre, dificultad, metros, número de seguros, fecha de apertura, material usado y, según cada caso, algunas peculiaridades interesantes de cada itinerario.

2. SOLICITUD DE LA AUTORIZACIÓN

2.1 Quién debe pedir una autorización

  • Cualquier persona o grupo que quiera equipar una nueva línea, ya sea en un sector nuevo o en uno que ya cuente con rutas, en las hoces del Júcar y del Huécar, Valdecabras (Sur y Norte) y cualquier otra pared próxima a la ciudad de Cuenca, como podrían ser las ubicadas cerca de Molinos de Papel, Palomera, Valdecabras, Villalba de la Sierra…

2.2 Qué requisitos debe cumplir el solicitante

  • El equipador deberá contar con experiencia demostrada en el equipamiento de vías de escalada deportiva y, salvo excepciones, un nivel compatible con la ruta que pretende abrir. Por ello, debe acreditar en su primera solicitud su experiencia como escalador (incluyendo su nivel) y como equipador (número de vías equipadas, qué tipo de rutas, de qué dificultad, roca…), y, en caso de contar con ella, su titulación (TD2, guía de montaña o formación…).
  • Ha de ser mayor de edad.

2.3 Cupo de vías general y por solicitante

  • Las autorizaciones para nuevos equipamientos quedan limitadas a un máximo de 3 al año por persona.
    No se podrá fijar una cuerda o descolgarse previamente a pedir la solicitudSe pausa el límite de vías por equipador y por año.
    Se recuerda que la autorización es nominal, y es solamente válida para la persona que la ha solicitado, tal y como se ha hecho constar a los Agentes Medioambientales.
  • No se podrá fijará una cuerda o descolgarse previamente a pedir la solicitud.
    Habrá 15 días de gracia para notificar la apertura. Para que el equipador valore la idoneidad de esta.
  • Anular una solicitud. No contabiliza esa petición recuperando el cupo anterior.
  • De manera extraordinaria se podrá establecer una petición colaborativa sobre alguien que necesite ayuda con el equipamiento, por motivos de seguridad o de aprendizaje.
  • Se pausa el límite de vías por año.
    Se establece un número máximo de 50 nuevas vías al año en el conjunto de las hoces. Para ello, se autorizarán las primeras 50 solicitudes que cumplan los requisitos:
  • En el caso de que una solicitud caducará sin haberse comenzado el equipamiento, quedará anulada. El solicitante de la misma, si desea volver a realizar la solicitud, tendrá un nuevo número de solicitud. Si en ese momento hubiera una lista de espera, la primera solicitud en espera que cumpla los requisitos será autorizada.
  • En el caso de que una solicitud caducará sin haberse terminado el equipamiento, no quedará anulada.
  • Un solicitante no podrá solicitar un nuevo equipamiento si no ha finalizado o caducado o anulado una solicitud anterior.
  • Los límites anteriores no afectan a los reequipamientos de vías existentes, siendo estos de especial relevancia, ya que la escuela va acotando su cupo de vías y la conservación en buen estado de las líneas ya existentes será labor importante.
  • En el caso de realizar cambios en la vía una vez equipada estos han de ser comunicados al comité vía email.
  • Dada la situación de pedir una solicitud y que esta finalmente no se haga efectiva por motivos de seguridad, conservación o imposibilidad del trazado, la eliminación de esta no supondrá la pérdida de la misma.

2.4 Cómo pedir una autorización

Se debe mandar una solicitud completando el siguiente formulario (https://www.fdmcm.com/permisos_escalada/) y completando los siguientes puntos:

  • Personas que acometerán el equipamiento (en su primera solicitud se exigirá un breve CV; ver punto anterior). En el caso de que el equipamiento lo solicite un grupo, siempre se especificará el responsable principal.
  • Si está federado o no y en qué federación.
  • Si cuenta con seguro de responsabilidad civil.
  • Ubicación exacta de la ruta que quiere abrir.
  • Detalle del recorrido de la nueva vía, si comparte tramos, seguros o descuelgue con vías ya existentes.
  • Croquis en foto de la posible línea.
  • Material que se va a usar.
  • Plazo en el que se estima finalizar la vía.
  • Cualquier detalle del caso concreto que se pueda prever: poda de ramas, retirada de vegetación, retirada de grandes bloques, etcétera.

2.5 Plazo de respuesta 

  • El Comité tiene un plazo máximo de 15 días desde el momento de su recepción para contestar la solicitud.

2.6 En caso de solicitud aceptada favorablemente

  • El equipador se compromete a finalizar su ruta en el plazo establecido y con las pautas fijadas.
  • El Equipador se compromete a informar al Comité en el caso de que, en la vía que estuviese equipando, encontrase o intuyera la presencia de nidificación paralizando los trabajos de equipación en espera de que el Comité verificase tal situación e informase al organismo medioambiental competente.
  • La autorización no implica en ningún caso una exención de responsabilidad civil hacia el equipador.
  • Ni la Federación ni el Comité asumen ningún tipo de responsabilidad posterior sobre el equipamiento.
  • Una vez acabada la vía, el equipador enviará al Comité una foto de la pared con el trazado definitivo y todos los detalles de la ruta: nombre, altura, número de seguros, dificultad…
  • El equipador asume que el Comité puede determinar, a priori y a posteriori, algunos cambios en el equipamiento si lo estima conveniente.

2.7 Actuaciones sin el pertinente permiso

En caso de detectar equipamientos o reequipamientos que no hayan cumplido con el pertinente permiso, se contemplan las siguientes actuaciones:

  • En caso de infractor desconocido, se desequipará cautelarmente la vía, se informará de ello, y dicha vía quedará “libre” para ser solicitada por cualquier otro equipador.
  • En caso de infractor conocido, se le informará del desequipamiento cautelar de la vía hasta que pida la solicitud en tiempo y forma y el Comité la evalúe como cualquier otra. En éste caso, si la solicitud resulta favorable, se devolverá al equipador infractor el material sustraído de la vía para que lo vuelva a emplazar.

3. SOBRE EL EQUIPAMIENTO DE NUEVAS RUTAS

3.1 CRITERIOS DE SEGURIDAD 

3.1.1 Material de fijación

Se exigirán estos requisitos mínimos en caso de anclajes mecánicos:

  • Tacos de expansión (tipo parabolt, recomendado Hilti) M12 100 mm, con galvanizado de 45 micras (recomendado inox) y certificado CE o DITE.
  • Chapa homologada (imprescindible inox si el anclaje es inox). Se exigirán estos requisitos mínimos mínimos en caso de anclajes químicos:
  • Solo se permiten las resinas Sikadur 31 y Anchorfix 3+, ambas de Sika, y RE500 de Hilti.
  • Varilla roscada acero inoxidable métrica 12 y 100 mm, o tensores (no caseros ni de ferretería) de métrica 10 o 12 (galvanizados, bicromatados o inoxidables), preferentemente roscados.
  • Requisitos mínimos de los descuelgues:
  • No se admitirá ningún tipo descuelgue casero.
  • No se admitirán descuelgues de un solo punto.
  • No se admitirán el uso de cáncamos.
  • Las reuniones deberán de ser de cadena de dos puntos con anillas o mosquetón. No se admiten reuniones conformadas por anillas separadas entre sí ni de cáncamos.

3.1.2 Distancia entre seguros

No se van a exigir distancias máximas entre los seguros (a partir de la cuarta chapa) siempre y cuando éstas no comprometan la seguridad del escalador (caídas en repisas, posibilidad de picar suelo…).
Sí se establecen las siguientes longitudes máximas:

  • Del suelo al primero: 3 metros.
  • Del primero al segundo: de 1 a 1,5 metros.
  • Del segundo al tercero: 2 metros.
  • Del tercero al cuarto: 2 metros

3.1.3 Roca suelta y lajas huecas 

No se autorizará un equipamiento en los siguientes casos:

  • Imposibilidad (debido a la extrema mala calidad de la roca) de garantizar una limpieza suficiente según los estándares habituales.
  • Existencia en el recorrido de una laja hueca que se estime peligrosa y que no pueda sanearse ni fijarse.
  • En caso de que el Comité determine que la vía resulta peligrosa por falta de limpieza, podrá imponer una “cuarentena” hasta que el equipador sanee la zona convenientemente e incluso podría ordenar el desequipamiento permanente de la vía si por motivos estéticos, de seguridad o así estima oportuno.

3.1.4 Pie de vía 

  • Se tendrá en cuenta qué consecuencias puede tener el hecho de que la ruta discurra por encima de un lugar habitual de tránsito de personas no escaladoras. Por ejemplo, no se autorizará el equipamiento de roca de mala calidad por encima de un sendero frecuentado por paseantes y ciclistas.
  • No se autorizará el equipamiento de ninguna vía que pueda suponer caída de roca o material sobre una carretera, pista, vivienda, sendero balizado u otra zona de tránsito habitual.
  • El solicitante, además de equipar la ruta, realizará los trabajos mínimos necesarios para evitar la erosión del suelo debido al pisoteo que la nueva ruta pudiera suponer, colocando fajinas o sistemas de estabilización del suelo donde fuera necesario.

3.2 CRITERIOS ESTÉTICOS Y ÉTICOS

3.2.1 Espacio entre rutas

Pese a que cada caso concreto planteará una decisión diferente, se tendrán en cuenta los siguientes puntos:

  • Se dejará una distancia mínima entre vías de 2,5/3 metros. La pauta es que no deberían coexistir dos vías paralelas que no permitan con seguridad la escalada simultánea de ambas.
  • No se verán con buenos ojos los cruces de vías, ni líneas que vayan a compartir tramos en más de un tercio de su recorrido total, seguros y/o descuelgue con sus vecinas.
  • Tampoco variantes de entrada ni de salida, menos aún en el caso de vías con cierta “relevancia histórica”. En el caso de que se autorizara algún trazado con estas circunstancias, el aperturista de la vía afectada estaría previamente informado y sería necesaria su aprobación para llevar a cabo el equipamiento.

3.2.2 Por dificultad, variedad y calidad

  • Se intentará que el sector no solo crezca en número de rutas, sino en calidad y variedad (tanto de estilo como de grado) de sus recorridos. Este aspecto será tenido muy en cuenta sobre todo en sectores saturados de vías y escaladores que, aunque por espacio admitan más vías, no deberían incorporar líneas que no aporten más que volumen y aumento de la frecuentación.

3.2.3 Agarres manipulados o creados artificialmente

  • No se admitirán líneas de agarres fabricados.
  • Se permite el uso de resinas (únicamente epoxi) para fijar lajas, regletas y bordes susceptibles de partirse haciendo imposible la resolución de un paso. También se permite para pegar agarres naturales que hayan partido.
  • Se admitirá puntualmente el tallado o arreglado de cantos siempre que se haga con moderación y discreción.

3.2.4 Vías limpias o semiequipadas 

  • Cuenca es una escuela de escalada deportiva y, salvo contadísimas excepciones (y siempre de vías obsoletas y abandonadas), no cuenta con rutas de autoprotección o semiequipadas. Aun así, el Comité no descarta autorizar hipotéticas aperturas de líneas de escalada limpia o semiequipada siempre que cumpla unos requisitos básicos de seguridad (buenos emplazamientos para piezas flotantes en los tramos desprotegidos y anclajes fijos en las placas) y cuenten con descuelgue equipado. Todo ello bajo los requisitos establecidos en los criterios de seguridad, éticos y estéticos.

3.2.5 Vías expuestas abiertas desde abajo

  • No se contempla esta posibilidad.

3.3 AFECCIÓN AL ENTORNO

3.3.1 Motivos medioambientales

  • El Comité estará en permanente contacto con los responsables de Medio Ambiente de las zonas de escalada (agentes medioambientales, concejalía de Medio Ambiente y Sección de Biodiversidad del Servicio de Montes y Espacios Naturales de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha). Estos organismos contarán con información de primera mano del Comité, y serán los responsables de determinar las posibles regulaciones que deban imponerse por distintos motivos: nidificación de aves o protección de fauna o flora amenazada en estos farallones rocosos.
  • En el caso de sectores nuevos, el Comité valorará el impacto que suponga adecuar el pie de vía y abrir nuevos accesos.

3.2.2 Impacto visual

  • No se autorizarán equipamientos que supongan una “agresión visual” al patrimonio cultural y social (edificios, ermitas, puentes, fuentes…) y geológico (formaciones singulares, panorámicas turísticas…).
  • No se permitirá pintar el nombre de la vía en la pared, ni pegar piedras inscritas. El nombre de la vía aparecerá reflejado en las actualizaciones de la guía.
  • Se debe intentar no dejar cuerdas fijas o, al menos, dejarlas el menor tiempo posible.

4. SOBRE EL REEQUPAMIENTO DE NUEVAS RUTAS

  • Se establecen los mismos criterios de autorización, solicitud y material de equipamiento.
  • En la solicitud debe especificarse si se tiene intención de modificar el emplazamiento y número de seguros y por qué. Solo se admitirá este cambio por motivos obvios de seguridad.
  • El equipador, siempre que sea posible, comunicará al aperturista el futuro reequipamiento de la línea. En caso de no ser posible esta comunicación, el Comité podrá actuar de mediador en la medida de lo posible.
  • No se dejará rastro del equipamiento antiguo (se retirará todo, se hundirán o cortarán espárragos y se tapará con resina y tierra los agujeros de los seguros viejos).
  • Se recomienda utilizar para los trabajos de reequipamiento anclajes químicos.

5. SECTORES DE ESCALADA CERRADOS Y ÁREAS DE RESERVA

5.1 Sectores de escalada cerrados a nuevos equipamientos

(AUNQUE SE ACEPTARÁN SOLICITUDES PARA SU EVALUACIÓN).
SE PERMITIRÁ EL REEQUIPAMIENTO DE LAS VÍAS EXISTENTES:
  • Valdecabras sur y norte, por motivos medioambientales.
  • Camino, entre las vías Piernodoyuna y Lorzas Salvajes, por su cercanía a una senda muy transitada.
  • Paúles entre las vías Elías que me lías y Clasificatoria 97,por su impacto visual al estar tan cercanos a la ciudad. Entre las vías Action roco y Patagonia Free por el riesgo de caída de piedras al camino.
  • Paúles, en la parte no afectada en el punto anterior: no se permitirán nuevos equipamientos ni tampoco reequipamientos durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre, para respetar a la propiedad de la finca (dueña de las paredes donde están las vías).  
  • Juego de bolos, Marías, Bolo y Alfar, por su alta densidad de vías.
  • Merendero carretera: no se permitirá ningún nuevo equipamiento sobre el que exista un riesgo, incluso mínimo, de caída de piedras en la carretera durante la apertura o durante una ascensión a la vía ya abierta.

5.2 Establecimiento de áreas de reserva

Por comunicación de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de diciembre de 2017 y de la nueva Consejería de Desarrollo Sostenible de febrero 2020 quedan declaradas ÁREAS DE RESERVA las siguientes zonas de las hoces:

  • Hoz del Júcar
  • Entre los sectores Portero de Noche (desde la vía Len) y Piscinas (hasta la vía Tiquismiquis).
  • Entre los sectores Colmenas (desde la vía el Crimen de Cuenca) y Tetas (hasta la vía Tetaplejia).
  • Martín Alhaja: entre las vías Toi mosca y La frígida.
  • Senda del Merendero: entre la carretera y “Por narices”.
  • Cueva de la zarza: entre «Las Carmencitas» y «El Excusómetro».

  • Hoz del Huécar, todas las paredes a la izquierda del sector Merendero Carretera, en dirección a Palomera (desde la vía Piri grandullón hacía la izquierda).

Todas estas restricciones responden a un desarrollo sostenible de la zona de escalada y quedan establecidas por la autoridad competente, por motivos medioambientales y de conservación de los ecosistemas naturales presentes en las hoces.

Este comité no se hace responsable de la posible comisión de infracciones recogidas en la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de CLM, en relación con el régimen general de protección de las especies de fauna y flora silvestre (art. 44) y de las especies amenazadas (art. 77), recordando que el responsable del cumplimiento de la normativa será el titular del permiso de la apertura solicitada.